Con motivo de la entrada en vigor del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, se ha originado un aumento de las cuotas a ingresar por parte de los trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios, establecido en el Régimen General de la Seguridad Social, debido al incremento que se produce en las bases mínimas de cotización en el porcentaje experimentado para el año 2019 por el Salario Mínimo Interprofesional.
En razón de tal circunstancia el Gobierno ha acordado introducir una bonificación sobre las citadas cotizaciones que absorba el incremento producido. No obstante, en tanto resulta efectiva y aplicable la citada bonificación y al objeto de paliar las dificultades que los referidos trabajadores en situación de inactividad puedan tener para el cumplimiento de sus obligaciones en materia de cotización a la Seguridad Social en los primeros meses del año como consecuencia del incremento señalado, el gobierno de la Nación ha considerado oportuno flexibilizar su cumplimiento mediante el aplazamiento del pago de las cuotas en situación de inactividad. Para ello, la Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social, ha dispuesto mediante Resolución de 23 de enero del corriente año (BOE 26/01/19)la autorización para diferir el plazo reglamentario de ingreso de las cuotas por inactividad de los meses de enero, febrero, marzo y abril de 2019 sin aplicación de recargo o interés alguno para aquellos trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios, establecido en el Régimen General de la Seguridad Social, que hayan realizado un máximo de 55 jornadas reales cotizadas en el año 2018. Tal posibilidad deberá ser solicitada por los trabajadores antes del próximo día 12 de Febrero.