Subvenciones y ayudas

Subvenciones y ayudas
SUBVENCIÓN PARA EL FOMENTO A LA NATALIDAD

Serán subvencionables los nacimientos, adopciones, acogimientos preadoptivos o situaciones equivalentes, en caso de adopción internacional, acaecidos entre el 1 de noviembre de 2015 y el 31 de octubre de 2016. La ayuda consistirá en el abono de un pago único de 1.400 euros por hijo.

Fechas

 El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente a la publicación simultá- nea en el Diario Oficial de Extremadura de la presente orden de convocatoria y del extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, finalizando el 30 de noviembre de 2016, con las siguientes limitaciones:

a) En caso de nacimiento, adopción o acogimiento preadoptivo o situación equivalente, en el supuesto de adopción internacional, que se hubiere producido entre el 1 de noviembre de 2015 y el día de la publicación simultánea de la presente orden de convocatoria y su extracto, se podrá presentar la solicitud en el plazo máximo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de los mismos.

b) En caso de nacimiento, adopción o acogimiento preadoptivo o situación equivalente, en el supuesto de adopción internacional, que se produjere durante el período de vigencia de esta convocatoria, la solicitud podrá ser formulada en el plazo máximo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de nacimiento o de la resolución administrativa y/o judicial de adopción, acogimiento preadoptivo o situación equivalente, en el caso de adopción internacional.

No obstante lo dispuesto en el apartado precedente, en caso de nacimiento, adopción o acogimiento preadoptivo o situación equivalente, en el supuesto de adopción internacional, que se originare durante el mes de octubre de 2016, la fecha límite de la presentación de solicitudes será el 30 de noviembre de 2016.

Documentos